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CLAVES DE LA REFORMA LABORAL: CAMBIOS, IMPACTO Y ALCANCEBOLETÍN INFORMATIVO

  1. Comunicación formal de la apertura del proceso.
  2. La referida notificación deberá especificar de forma clara y especifica los hechos, conductas u omisiones que motivan la apertura del proceso, la cual deberá ser por escrito.
  3. El traslado de todas las pruebas que fundamentan los hechos, conductas u omisiones.
  4. Un término durante el cual el trabajador o trabajadora pueda manifestarse frente a los motivos del proceso, controvertir las pruebas y allegar las que considere necesarias para sustentar su defensa el cual no podrá ser inferior a 5 días. En caso de que la defensa frente a los hechos, conductas u omisiones sea realizada de forma verbal, se hará un acta en la que se transcribirá la versión o descargos rendidos por el trabajador.
  5. El pronunciamiento definitivo debidamente motivado identificando específicamente la(s) causa(s) o motivo(s) de la decisión.
  6. De ser el caso, la imposición de una sanción proporcional a los hechos u omisiones que la motivaron.
  7. La posibilidad del trabajador de impugnar la decisión. (Segunda Instancia)
  1. Asistir a citas médicas de urgencia o citas médicas programadas con especialistas
  2. Asistir a las obligaciones escolares como acudiente en las que resulte obligatoria la asistencia por requerimiento del centro educativo
  3. Atender citaciones judiciales, administrativas y legales
  4. Se podrá acordar un día de descanso remunerado por cada 6 meses de trabajo cuando se certifique el uso de bicicleta como medio de transporte para la llegada y salida del trabajo
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